Despido por apropiación indebida que se prueba vulnerando el secreto bancario (derecho a la intimidad): Despido NULO

Trabajador despedido al que se le imputa la apropiación indebida de varios pagarés de la empresa. El informe pericial hace uso de una información bancaria conocida de forma confidencial. El despido se declara NULO por vulneración del derecho a la intimidad (art. 18.1 CE) y condena a la empresa a una indemnización por tal violación.

El Juzgado de lo Social nº 3 de Cartagena estima nuestra demanda por despido con vulneración de Derechos Fundamentales. 

La carta de despido se fundamenta básicamente en un informe pericial en el que se imputan al trabajador la apropiación indebida de una serie de pagarés de la empresa, que supuestamente ingresaba en una cuenta bancaria en la que figuraba como autorizado. 

El perito recoció en el acto de juicio oral que había tomado conocimiento de la existencia de esa cuenta bancaria por haber efectuado la declaración de la renta del trabajador a título particular. 

El Juez señala en su sentencia que el perito no debió emitir el informe por la vinculación que le unía con el trabajador, o al menos nunca debió utilizar en perjuicio del trabajador la información que éste le había confiado profesionalmente para fines particulares desvinculados de la empresa.

 

El Juzgado había ordenado que se oficiase a la entidad bancaria para que aportase los movimientos de la cuenta en la que presuntamente se había producido la apropiación. 

Sin embargo, argumentando la teoría constitucional de la "fruta del árbol envenenado" considera que tal prueba no puede tenerse en cuenta.

Por todo ello, considera que el despido debe ser declarado NULO por vulneración del Derecho a la Intimidad (art. 18.1 CE) y condena a la empresa a READMITIR al trabajado y además a abonarle una INDEMNIZACIÓN de SIETE MIL EUROS por el daño moral causado.

La sentencia todavía no es firme. 

Al pie de este artículo acompaño la sentencia íntegra


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Comentarios: 3
  • #1

    Maria (jueves, 12 enero 2017 21:55)

    Como siempre Herminio, brillante!!! Un buen Abogado laboralista, sí señor.

  • #2

    Juan (viernes, 13 enero 2017 16:04)

    Enhorabuena Herminio. Nunca llevas asuntos fáciles. Se nota que te encanta tu profesión.

  • #3

    monica (miércoles, 18 enero 2017 19:37)

    Enhorabuena Herminio!! Rapidez y profesionalidad.Muy buen abogado. Monica.